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Comunicación obligatoria de los autónomos/as a la Tesorería General de la Seguridad Social

13-06-2024

El Real Decreto 322/2024, en su Disposición Transitoria 2ª, establece plazo hasta el 30 de junio de 2024, para que los trabajadores autónomos comuniquen a la Tesorería General de la Seguridad Social los datos contemplados en el Reglamento General sobre inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos


El próximo 30 de junio expira el plazo para que los trabajadores autónomos obligados comuniquen a la Seguridad Social los datos relativos a su actividad. 

Por ello y con el fin de facilitar la información, a continuación, se detallan quiénes son los autónomos que tienen esta obligación y qué deben comunicar:

Autónomos Societarios (Mercantiles, cooperativistas, los que están al frente de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles): 
Deben comunicar
Razón social de las sociedades de las que formen parte.
Si se es consejero, administrador o se prestan otros servicios para la sociedad, se debe comunicar el porcentaje de participación propio y el de los familiares convivientes, de los cuales hay que aportar nombre, apellidos y DNI.
 
Trabajadores por Cuenta Propia con Autónomos Colaboradores a su Cargo
Deben comunicar
Nombre, apellidos y NIF de estos colaboradores.
 
Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes (TRADE), que trabajan mayoritariamente para un solo cliente
Deben aportar
CIF de este cliente.
 
Autónomos obligados a estar colegiados
Deben notificar
El Colegio al que pertenecen.
 
Sanitarios de Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) que prestan servicio para la empresa privada además de trabajar a jornada completa para el servicio público
Deben notificar
CIF del pagador.

Para realizar esta comunicación, es necesario entrar en la sede electrónica de la Seguridad Social con el certificado digital del autónomo y comprobar o modificar los datos, o recurrir al gestor de cada profesional para que lo haga.

Puedes acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social a través del siguiente enlace: https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio