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SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL

El artículo 46 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, recoge la obligatoriedad del Seguro de Responsabilidad Civil, para todos los profesionales que ejerzan la asistencia sanitaria privada.
Objetivo: cubrir las posibles indemnizaciones para eventual daño derivado de:
1. Actos profesionales incorrectos del profesional
2. Intromisión ilegitima en el derecho al honor de un tercero como puede ser difamación, descrédito e injurias o calumnias, así como la de violación del derecho a la intimidad y a la imagen incluyendo la revelación de datos de carácter personal y del secreto profesional, así como la interceptación de telecomunicaciones no intencionales
Dado que puede interponerse una reclamación hasta 5 años después del hecho causante, es recomendable que exista cobertura para este periodo en el que no se esté trabajando.


Para contratar el seguro hay que darse de alta desde la opción CREAR CUENTA en la web https://rcpsicologia.es/
El importe anual es de 13 euros.
Si ya dispones del Seguro de Responsabilidad Civil y deseas descargar el recibo o la póliza, cambiar algún dato personal, modificar la domiciliación bancaria, etc., debes entrar en esta misma web con tu NIF como usuario y hacerlo tu directamente. (No a través de la secretaría del Colegio).
Mas información en el teléfono 915973035 o en el email: infopsicologos@brokers88.es