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Estatutos colegiales

El Colegio Oficial de Psicología de la Región de Murcia se constituye como Colegio independiente según Decreto 3/2001 de 3 de febrero de 2001, como segregación de la Delegación de Murcia del Colegio Oficial de Psicología, de acuerdo de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 2/1974 de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, y la Disposición Adicional Segunda de la Ley 6/1999, de 4 de noviembre, de Colegios Profesionales de la Región de Murcia.




Se rige inicialmente por unos estatutos que son aprobados según Resolución de la Secretaría general de la Consejería de Presidencia de 8 de abril de 2002 y publicados en el Boletín Oficial de la Región de Murcia con fecha 17 de abril de 2002.
Posteriormente en el año 2009, y de cara a adaptarlos a la Ley de Sociedades Profesionales, se modifican con fecha 23 de junio, y se publican en el BORM con fecha 7 de agosto de 2009 con las modificaciones oportunas.
En el año 2011 se produce una nueva modificación de adaptación a la Ley Omnibus, que sale publicada en el BORM con fecha 24 de septiembre de 2011.
En la Asamblea Extraordinaria celebrada el 24 de Abril de 2013 se aprueba un nuevo apartado K) en el artículo 6, Fines Esenciales, referido al impulso de la Mediación, publicándose en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el 12 de diciembre de 2013.
Finalmente se aprobó la redacción actual en la Asamblea Extraordinaria celebrada el 11 de Abril de 2019, publicándose en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el 4 de enero de 2020 los Estatutos Definitivos del Colegio Oficial de Psicología de la Región de Murcia.

Estatutos del colegio